El pago de la declaración de la renta, ¿puedo amortizarlo antes?

14.11.2021

La declaración de la renta de este año ha sido fuente de gran polémica a causa de las personas que se encontraban en ERTE el año anterior, que en muchas ocasiones les tocaba pagar. Por este motivo, se estableció extraordinariamente que las personas que les tocaba pagar, pudieran diferir el pago durante seis meses sin intereses.

A pesar de ello, hay contribuyentes que aún habiendo tomado la decisión de pagar a plazos, deciden que quieren pagar todo lo que le queda de golpe.

¿Puedo amortizar las cuotas antes de tiempo?

Cuando una persona realizaba la declaración de la renta y le tocaba pagar, existían varias opciones, o bien pagarlo todo de golpe, en dos plazos (60% el primer pago en junio y el 40% en noviembre) o incluso fraccionarlo en más cuotas, pero en este caso pagando un tipo de interés.

Si bien este año, se ha abierto la posibilidad de pagarlo en 6 meses, sin intereses.

En el caso de que en primera instancia lo hayamos fraccionado, pero finalmente queramos terminar de pagar lo que nos queda de golpe, podremos hacerlo.

Para ello, tan sólo será necesario el DNI electrónico o Cl@ve PIN. La diferencia entre ambos métodos es que el DNI electrónico necesita lector de tarjetas y Cl@ve PIN puede usarse sin éste una vez que lo activemos.

Tendrás que acceder a la a la página de la Agencia Tributaria dónde viene escrito pagar, aplazar y consultar deudas y clicar en consultar deudas. Es entonces donde se nos pedirá que utilicemos nuestro certificado electrónico o Cl@ve PIN. Llegaremos a una lista de todas las deudas que tenemos con Hacienda y seleccionaremos la que queremos liquidar, en este caso la deuda de la declaración de la renta, tendrás que pinchar en en "obtener la carta de pago" y se mostrarán todos los datos relativos a la operación.

A continuación, tendremos que elegir cómo queremos pagarlo, o bien acudiendo a una sucursal bancaria o bien de forma online.

Si el fraccionamiento de la deuda, conllevaba el pago de algún tipo de interés, cuando amorticemos el pago, tendremos que pagarlo aunque al final decidamos no pagar a plazos. Es decir, si nuestra deuda es de 1000 euros y Hacienda nos puso un interés del 2%, tendremos que pagar 1020 euros aunque lo paguemos antes.

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Laura del team FinOra24

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