¿Cuándo se puede embargar el salario?

20.07.2021

Acumular impagos de deudas nunca es una buena idea, ya que se incrementan los intereses, pero además se puede llegar a sufrir consecuencias sobre los ingresos futuros, por ejemplo, que te embarguen la cuenta o el salario.

El embargo de una cuenta o de un salario, es una orden que sólo puede dictaminar un juez, a través de una resolución judicial como respuesta a una demanda interpuesta en el juzgado.

Sea cual sea el origen del embargo, el intermediario, el banco si se embarga una cuenta bancaria o la empresa si se embarga la nómina, tiene la obligación de ejecutar el mandato judicial.

Por otro lado, una vez emitida la orden, el afectado debe ser notificado y se le debe facilitar la información detallada sobre dicha operación. Es importante destacar que, en caso de que no haya notificación previa, no existe autoridad para embargar ninguna cuenta.

Límites en el embargo del salario 

Por otro lado, la normativa protege a aquellos con menos recursos, estipulando límites a la cantidad a embargar. La normativa impide embargar la totalidad del salario, o pensión, y establece como límite el salario mínimo interprofesional, de manera que el embargo solo podrá recaer sobre la parte que exceda de este importe, en la actualidad fijado en 950 euros.

En caso de que los ingresos procedentes de salarios o pensiones sean superiores al SMI, también existe un límite para su embargo, ya que en ningún caso podrá bloquearse estos ingresos al completo, ni dejar en descubierto la cuenta. Si el importe de la deuda es inferior a estos ingresos no habrá problema, porque se podrá embargar la totalidad de la deuda. Sin embargo, si la deuda excede los ingresos el porcentaje a embargar depende del importe del salario. Así:

  • Cuando el salario oscile entre 950 y 1900 euros se podrá embargar solo hasta el 30% de la cuantía.
  • Para los salarios entre 1.900 y 2.850 euros se podrá embargar solo hasta el 50% de la cuantía.
  • Si el salario oscila entre 2.850 y 3.800 euros, se podrá embargar hasta el 60%.
  • Para los salarios 3.800 y 4.750 euros, se podrá embargar hasta el 75%.
  • Si el salario excede de los 4.750 euros se podrá embargar el 90% del mismo.

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Marta del team FinOra24

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